lunes, 29 de abril de 2024

TRATADE BLANCAS Y SECUESTRO

 

Es una conducta delictiva que se presenta cuando una persona promueve, solicita, ofrece, facilita, consigue, traslada, entrega o recibe, para sí o para un tercero, a una persona, por medio de la violencia física o moral, el engaño o el abuso de poder, para someterla a explotación sexual, trabajos o servicios forzados, esclavitud o prácticas análogas a la esclavitud, servidumbre, o a la extirpación de un órgano, tejido o sus componentes.
 

Secuestro

Es el delito por el que se priva de la libertad, con el fin de obtener rescate o causar daños o perjuicios a la persona secuestrada o a otra relacionada con este.
 
Esta institución, busca asegurar el acceso a la justicia a quienes les han cometido estos delitos, por ello, se establecen obligaciones específicas a cargo de la Defensoría Especializada para atender a las víctimas y ofendidas/os de estos delitos y son las siguientes: denominación “trata de blancas” es un concepto erróneo, en desuso, excluyente y además racista. El término “trata de blancas” se remonta al siglo XIX y alude a la realidad que afectaba a mujeres europeas -blancas- que como víctimas de trata eran trasladadas a otros continentes para someterlas a explotación sexual, siendo vendidas como concubinas y esclavas sexuales en redes de prostitución. Esta realidad cuando afectaba a mujeres blancas generaba una gran alarma social y, sin embargo, cuando mujeres que no eran blancas era muchas veces tolerada y permitida, porque en muchos países la esclavitud aún era legal.  
 

ACOSO SEXUAL POR INTERNET

 

Es ilegal acosar a una persona (empleado o solicitante de empleo) por el sexo de esa persona. El acoso puede incluir "acoso sexual" o avances sexuales indeseados, solicitudes de favores sexuales y otro tipo de acoso verbal o físico de naturaleza sexual.

El acoso no tiene que ser exclusivamente de naturaleza sexual, sino que también puede incluir comentarios ofensivos sobre el sexo de una persona. Por ejemplo, es ilegal acosar a una mujer al hacer comentarios ofensivos sobre las mujeres en general.

Tanto la víctima como la persona acosadora pueden ser una mujer o un hombre, y la víctima y la persona acosadora pueden ser del mismo sexo.

Si bien la ley no prohíbe las bromas simples, los comentarios displicentes ni los incidentes esporádicos que no son muy graves, el acoso es ilegal en los casos en los que es tan frecuente o grave que genera un ambiente laboral hostil u ofensivo, o cuando da lugar a una decisión laboral negativa (p. ej., que la víctima sea despedida o asignada a un puesto inferior).

BULLYNG, CIBERBULLYNG YFUNAR

 

El acoso escolar (conocido como bullying), se define como: La violencia repetida entre pares, compañeros, compañeras, en la que uno o más individuos tienen la intención de intimidar y hostigar a otros. es acoso o ciberacoso por medio de las tecnologías digitales. Puede ocurrir en las redes sociales, las plataformas de mensajería, las plataformas de juegos y los teléfonos móviles caracteriza por el abuso de poder entre niños y jóvenes en edad escolar.    Efectuar un acto público de agravio y denuncia (una funa), contra una persona o entidad que ha cometido una mala acción o un crimen, usualmente frente a su domicilio o sede. Ocasionalmente se efectúa en el lugar en el que se cometió un crimen.


TRATADE BLANCAS Y SECUESTRO

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